El juez declaró “penalmente responsable del delito de homicidio agravado en calidad de autor mediato por dominio de una estructura organizada de poder”. Resolvió, además, “no otorgar al sentenciado ningún mecanismo sustitutivo de la pena de prisión”.
En el fallo se sostiene que la operación “Génesis” y las actuaciones paramilitares fueron una única unidad de propósitos entre la brigada 17 y los paramilitares de las AUC y que formaba parte de una estrategia de de consolidación paramilitar, toma de territorios y sometimiento de un enemigo común.
Concluyó la decisión que la muerte macabra de Marino López no es aislada sino un medio para provocar terror “y se realiza en un contexto pretederminado y con un objetivo específico , vale decir, causar TERROR para lograr el desalojo de una población civil no combatiente” .
Este proceso se inició con vinculación de Rito Alejo del Río de 2008, luego de enfrentarse diversos mecanismos de impunidad.
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En el fallo se sostiene que la operación “Génesis” y las actuaciones paramilitares fueron una única unidad de propósitos entre la brigada 17 y los paramilitares de las AUC y que formaba parte de una estrategia de de consolidación paramilitar, toma de territorios y sometimiento de un enemigo común.
Concluyó la decisión que la muerte macabra de Marino López no es aislada sino un medio para provocar terror “y se realiza en un contexto pretederminado y con un objetivo específico , vale decir, causar TERROR para lograr el desalojo de una población civil no combatiente” .
Este proceso se inició con vinculación de Rito Alejo del Río de 2008, luego de enfrentarse diversos mecanismos de impunidad.
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