Recientemente entre el INCODER y la Organización Internacional para las Migraciones –OIM, se suscribió el Convenio de Cooperación 788  de 2011 cuyo fin es realizar los estudios requeridos para adelantar los procedimientos administrativos de clarificación de la vigencia legal  de los resguardos de origen colonial y de constitución, saneamiento, ampliación y reestructuración de resguardos indígenas. Ante este hecho La Coordinación Agraria del Proceso de Unidad Popular del Suroccidente Colombiano, hace un llamado URGENTE:
A la Gobernación del Cauca para que tome cartas en este asunto tan delicado y que afecta gravemente la convivencia en el Departamento del Cauca.
A la Defensoría del Pueblo por cuanto el Estado con su política viene promoviendo la violencia al interior de las comunidades rurales,
Al Consejo directivo del INCODER y a su gerente general JUAN MANUEL OSPINA, para que de MANERA INMEDIATA suspenda la ejecución de dicho convenio.
Este llamado lo hacemos basado en las siguientes  razones de inconveniencia que en seguida expondremos:
  1. A raíz de los incumplimientos del gobierno con las organizaciones indígenas del Cauca CRIC y AICO, En el año 2011, el INCODER elaboró una propuesta que se conoció como el “PLAN CAUCA”. Dicho documento originó protestas de varios sectores políticos, gremiales, sociales y económicos del Departamento.
  2. La posición de las organizaciones campesinas  que hacen parte de la Coordinación Agraria del PUPSOC , frente a dicho Plan, reafirmó la validez de los reclamos indígenas por el derecho a su territorio, pero a la vez llama la atención respecto a que dicho derecho no puede pretender construirse afectado la armonía territorial o expropiando la pequeña propiedad particular de los demás productores parceleros, llámese campesinos mestizos o afro descendientes.
  3. Las comunidades campesinas aunque jurídicamente no son considerados minoría padecen una  situación de vulnerabilidad manifiesta, en muchos casos más preocupante y en situación de debilidad aún peor que la que tiene la comunidad jurídicamente protegida mediante la figura de minoría.
  4. Es imperioso una mirada critica integral sobre el latifundio en Colombia y la política de relatifundización que se viene ejecutando por parte del Estado Colombiano así como la política de recuperación social del territorio y de consolidación que como proyectos económico sociales atraviesan la vida de la ruralidad colombiana.
  5. Es en ese marco expuesto en el que es necesario ubicar el Plan Cauca: “Constitución y ampliación de resguardos indígenas; clarificación de la vigencia legal  de los títulos de propiedad de la tierra de origen colonial y Republicano; legalización de la propiedad de predios afectados por comunidades Indígenas”, pues de lo contrario se terminará sacrificando en el altar de las reivindicaciones propias, las posibilidades históricas que como pueblo colombiano y latinoamericano hemos venido luchando como hermanos día a día y surco a surco.
  6. Algunas organizaciones campesinas del PUPSOC que también hacen parte de la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina ANZORC de manera particular en forma verbal y escrita, le han hecho saber al INCODER de las diferencias y conflictos de intereses que existen en algunos municipios entre campesinos e indígenas, para que se abstengan de realizar cualquier actividad oficial sobre territorios campesinos. Por desgracia las peticiones  escritas no han sido respondidas violando el derecho fundamental de petición (ej. oficios radicado No. 20111113128, No. 02863-22 de agosto de 2011, etc.). En dialogo con la Dra. Paola Hernández (Subgerente de Asuntos étnicos- INCODER)  en el mes de octubre de 2011, se comprometió a informarnos previamente de cualquier actuación administrativa sobre el desarrollo de los componentes arriba mencionados del Plan Cauca.
  7. El INCODER esta incumpliendo su compromiso de contratar una persona jurídica imparcial para realizar el trabajo de adelantar los procedimientos administrativos de clarificación de la vigencia legal de la propiedad de los resguardos de origen colonial y de constitución, saneamiento, ampliación y reestructuración de resguardos indígenas. Insistimos que los funcionarios contratados para ejecutar esas actividades, debían ser neutros y profesionales y en la medida de lo posible no militar en alguna de las organizaciones interesadas en favorecerse de las decisiones allí tomadas; por eso se insistió que esa actividad no la podía ejecutar el CRIC. La Dra. Paola aclaró y acogió nuestra posición; esa misma posición de imparcialidad reclamada nos la garantizó el DR. Juan Manuel Ospina.
  8. Por sorpresa, nos enteramos de la firma del Convenio de Cooperación 788  de 2011  suscrito entre el INCODER y la Organización Internacional para las Migraciones –OIM. Contrariando la palabra empeñada los funcionarios contratados por la OIM  presuntamente  son personas pertenecientes o afines al CRIC o AICO y están  notificando a algunas juntas de Acción comunal en el Municipio de Inzá del inicio de labores del 8 al 12 de marzo de 2012, para la clarificación de la vigencia legal  de los títulos de propiedad de la tierra de origen colonial y Republicano en zonas campesinas del Municipio.
  9. Ni la alcaldía ni el concejo de dicho municipio han recibido notificación alguna al respecto.
  10.  Varias comunidades nos han hecho saber que no permitirán el ingreso de funcionarios que vengan con la misión de abordar el anterior tema por ser clara muestra del escenario de violaciones a sus derechos que se ha montado con la anuencia directa del Estado Colombiano.
Por lo anterior, NUEVAMENTE solicitamos DE MANERA  URGENTE,  al Consejo directivo del INCODER y a su gerente general JUAN MANUEL OSPINA, para que de MANERA INMEDIATA SUSPENDA la ejecución del Convenio de cooperación 788 de 2011 suscrito entre el INCODER y la Organización Internacional para las Migraciones –OIM.
Hacemos un llamado urgente a la Gobernación de cauca y a la defensoría para que en forma inmediata tomen cartas en este asunto que amenaza ser un factor más de deterioro de la grave situación que padece el cauca en todos sus órdenes.
En caso contrario haremos responsables al Estado Colombiano en todos sus órdenes e instancias, al Gobierno Nacional; Ministerio de agricultura; Interior e Incoder y demás autoridades que por acción o por omisión sean los causantes de las situaciones previstas y denunciadas con anticipación como efectos lógicos de las políticas aplicadas.
Popayán, 20 de marzo de 2012.
 COORDINACIÓN AGRARIA DEL PROCESO DE UNIDAD POPULAR DEL SUROCCIDENTE