Por: Cubio - Colectivo Agrario Abya Yala
El Plan nacional de Desarrollo
“Todos por un nuevo país” presentado recientemente por el Gobierno de Juan
Manuel Santos, para ser tramitado en el Congreso de la República se vende con
la fórmula: Paz, Equidad y Educación, las cuales son simples palabras que no se
materializan en el articulado del proyecto de ley, por el contrario esta es una nueva oportunidad de Santos para entregar
el país al gran capital, ¿Sera esta la paz que está buscando?
Esto en particular sobre las
disposiciones en aspectos minero energéticos y ambiental en los cuales se prioriza el interés económico de los
grandes capitales, en detrimento de los derechos fundamentales, colectivos y
del medio ambiente.
El anterior plan nacional de
desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos”
fundamentaba sus apuestas en las llamadas locomotoras del desarrollo,
dentro de las cuales se encontraba como una de las más importantes la llamada
locomotora minera, a pesar de que el Gobierno Santos Ie sirvió en bandeja de
plata el país a la gran minería
facilitando la aprobación de las licencias y los títulos de exploración minera,
creando incentivos fiscales y priorizando la actividad dentro del ordenamiento
territorial, no pudo tener contentos los gremios de la minería, pues según
ellos faltaron garantías de seguridad física y jurídica, las cuales impidieron
cumplir con las metas de extracción propuestas.
Ante esta situación el
gobierno de Santos muy leal a los intereses de las grandes corporaciones
mineras, en este segundo periodo promete con el Plan Nacional de Desarrollo
lograr despegar “realmente” la locomotora que según los gremios no ha logrado
despegar.
En el presente PND a pesar de dejar las locomotoras atrás, profundiza sus anteriores
disposiciones, tales como la flexibilización de los trámites de las licencias
ambientales, la prelación de los grandes
intereses mineros sobre los derechos colectivos fundamentales y del medio
ambiente y así mismo la impone como una
prioridad sobre el ordenamiento territorial.
A pesar de las advertencia
hechas por organismos de control como La Contraloría General de La Nación,
frente a las afectaciones de derechos fundamentales y colectivos causados por
la actividad minera establecida en los términos dispuestos en las últimas
modificaciones de la legislación minera, en este Plan Nacional De Desarrollo no
se tomen medidas al respecto tendientes a garantizar los derechos afectados por
la actividad minera, sino por el contrario con esta nueva legislación se
pretende profundizar las condiciones de desigualdad y privilegiar intereses
privados por encima de los derechos colectivos, continuando con las afectaciones de áreas ecológicamente sensibles como
paramos, manglares y bosques secos, y con la criminalización de la actividad
minera ancestral.
Para empezar en cuanto a las
disposiciones en materia minera, en el artículo 19 se crea las Áreas de reserva
para el desarrollo minero, dentro de las cuales se encuentran las Áreas de
Reserva Estratégica Minera y minero-energética, las cuales serán fijadas por
parte de la AMN, quien determinará los minerales de interés “estratégico” para
el país y “podrá delimitar
indefinidamente áreas especiales que se encuentren libres”. Frente a lo
cual hay que resaltar que estas serán
fijadas a través de un criterio científico, económico y externo, que tendrá
prioridad sobre otros usos del suelo que se desarrollen en tales regiones, en
detrimento de los usos tradicionales del suelo practicado por las comunidades.
En el artículo 20 sobre la
clasificación de la minería, omite la minería ancestral dentro de los tipos de actividad minera que
establece y la asimila a la pequeña minería, con lo cual desconoce la dimensión
cultural y tradicional que envuelve la actividad minera en numerosas regiones
del país, lo que impide diseñar mecanismos particulares que protejan el valor
cultural y comunitario de esta actividad, además cierra la puerta a la
formalización y mejoramiento de las condiciones laborales y de seguridad, lo cual
continua la criminalización hacia esta práctica ancestral, tachando de
delincuentes a comunidades que han practicado por siglos esta actividad.
Por otro lado el artículo
165, sobre el procedimiento para el otorgamiento de licencias ambientales,
simplifica los procedimientos para el otorgamiento de licencias ambientales y
reduce los tiempos para su expedición. Con este artículo se reduce en 40 días
el periodo máximo desde que se radica la solicitud de licencia ambiental, hasta
su expedición. Pues en la anterior legislación, Articulo 58 de la Ley 99 de
1993 se establecía un total de 160 días para todo el procedimiento desde su
fecha de radicación, ahora con este artículo se reduce el tiempo máximo de
expedición de las licencias a 120 días y simplifica los procedimientos pues
ahora la radicación de la solicitud implica inmediatamente la expedición del
acto administrativo que da inicio al trámite.
En este PND, se crea como la
gran novedad un capitulo llamado crecimiento verde, el cual se vende como la
gran apuesta del Gobierno Santos por trabajar en proyectos REDD+, apostando en
apariencia por la conservación, sin embargo esto es tan solo una retórica vacía
a la cual ni se le asignan recursos suficientes y analizando en detalle el
articulado del proyecto de ley, realmente apuesta por todo lo contrario. Por
ejemplo en el Artículo 159. Sobre Protección y delimitación de páramos, donde
establece la prohibición de actividades de explotación de recursos naturales no
renovables dentro de áreas delimitadas como paramos, en su parágrafo 1, establece que las
actividades de explotación minera y de hidrocarburos “que cuenten con contrato y licencia
ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente, que
hayan sido otorgados con anterioridad al 9 de febrero de 2010 para las
actividades de minería, o con anterioridad al 16 de junio de 2011 para la
actividad de hidrocarburos”, “podrán
seguir ejecutándose hasta su terminación”,
con lo cual se anula la prohibición de minería en Paramos, continuando con
las afectaciones ambientales y sociales a estos ecosistemas de vital
importancia para la vida.
Con todo esto está
demostrado que Santos II no quiere traer al país ni paz, ni educación, ni
equidad. La paz que quiere imponer está basada en condiciones de seguridad
jurídica y física para la inversión extranjera en Minería e hidrocarburos,
pasando por encima de todos los derechos humanos, colectivos y del medio
ambiente, y los acuerdos firmados en la habana en la mesa de negociación con
las FARC.
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